Realizamos sus gestiones ofreciendo Asesoría personalizada, precisa y confiable delegando en nosotros sus requerimientos documentales y legales tales como:
Asesoría, Gestión y Acompañamiento en la obtención de toda clase de Visas ante los Consulados de Colombia ubicados en San Antonio – Venezuela, Quito – Ecuador, Ciudad de Panamá - Panamá, La Habana – Cuba, Ciudad de México – México, Miami – Estados Unidos entre otros obteniendo la Visa de manera rápida y eficaz.
La Apostilla o Apostille es una certificación internacional que es usada por los países firmantes de la Convención de la Haya (1961). La Apostilla certifica la autenticidad de las firmas en los documentos públicos y privados, lo mismo que la calidad en que actúa el firmante del documento o certificado.
La Legalización es la certificación mediante la cual se ratifica la autenticidad de la firma y el título en que ha actuado el servidor público u oficial colombiano, sobre el documento que va a surtir efectos legales en otro país que NO sea parte de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización en documentos públicos extranjeros”, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961.
La Legalización es la certificación mediante la cual se ratifica la autenticidad de la firma y el título en que ha actuado el servidor público u oficial colombiano, sobre el documento que va a surtir efectos legales en otro país que NO sea parte de la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización en documentos públicos extranjeros”, suscrita en La Haya el 5 de octubre de 1961.
Actos como nacimientos, matrimonios, divorcios, y demás actos civiles, legales o notariales celebrados en el exterior deben protocolizarse o inscribirse en el País para que surtan los efectos legales pertinentes.
La obligación de registrar las visas cuya duración sea superior a 3 meses se mantiene, dentro de los 15 días siguientes al ingreso al territorio colombiano o a la fecha de expedición de la visa si ésta se obtuvo en territorio colombiano.
Por otro lado, la unidad Administrativa Migración Colombia expedirá la cédula de extranjería a los mayores de edad y, a los menores de edad a partir de los 7 años de edad.
Son los registros que lleva MIGRACIÓN COLOMBIA como autoridad migratoria de cada uno de los ciudadanos nacionales y/o extranjeros que ingresan y salen del territorio colombiano por cualquiera de los puestos migratorios (aéreos, marítimos, terrestres y fluviales) establecidos por la Entidad.
Consiste en la ampliación del Permiso de Ingreso para los extranjeros que entran al país en calidad de visitantes, bien sea como Visitante Turista o Visitante Temporal (en ambos casos el ingreso es por 90 días y la prórroga que se otorgue es por otros 90 días hasta completar 180 días por año calendario).
Es un tipo de Permiso Temporal de permanencia o salida del país, que se otorga a un extranjero, para no permanecer de manera irregular en el territorio nacional y poder demostrar el tiempo de permanencia temporal autorizado por la entidad migratoria colombiana, hasta tanto se resuelva su salida del país o permanencia en Colombia.
El Trámite de Convalidación es el reconocimiento que el Gobierno Colombiano efectúa sobre un Título de Educación Superior otorgado por una institución de educación superior extranjera legalmente reconocida.
Es el documento emitido por el organismo de Tránsito, para que las personas puedan conducir un vehículo con validez en todo el Territorio Nacional.