Esta visa se entregará al extranjero que desee ingresar y/o permanecer en el territorio colombiano para establecerse permanentemente o fijar su domicilio en el país. Se dará a personas que sean padre o madre de un colombiano o a quienes hayan permanecido en el territorio nacional de forma continua e ininterrumpida por dos (2) años como titular principal de la visa tipo “M” (Migrante). Además, se le otorgará a quienes hayan registrado inversión extranjera directa ante el departamento de cambios internacionales del Banco de la República, o ante la dependencia que haga sus veces. La visa tipo “R” tiene un permiso abierto de trabajo y permite a su titular realizar cualquier actividad lícita en el territorio nacional. El periodo de validez de la etiqueta de la visa “R” será de cinco (5) años. A solicitud de su titular, este documento podrá ser renovado por periodos iguales, mediante trámite de traspaso de visa.